Código de ética
Código de Ética del Consultor
LA ASOCIACIÓN PERUANA DE CONSULTORÍA (APC) RESPALDA COMO PRINCIPIO EL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA FEDERACIÓN PANAMERICANA DE CONSULTORES (FEPAC)
01
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El consultor ajustará en todo momento su ejercicio profesional a principios de justicia y lealtad en sus relaciones con patrones, clientes, subalternos y obreros. |
02
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No ofrecerá, dará o recibirá comisiones o remuneraciones indebidas. |
03
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No concurrirá deliberadamente, ni invitará a licitaciones de estudios de ingeniería. |
04
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No tratará de suplantar a otro consultor en empleos o contratos ya concedidos. |
05
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No perjudicará en forma alguna la reputación profesional, las perspectivas de trabajo o las actividades de otros consultores. |
06
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No revisará o modificará proyectos realizados por otro consultor sin el conocimiento de éste, a menos que su relación con el cliente o patrono haya terminado. |
07
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No se recomendará o anunciará en términos laudatorios, ni ofrecerá sus servicios en especialidades en las que no sea razonablemente experto. |
08
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No utilizará las ventajas de un cargo remunerado para competir con la práctica de otros profesionales. |
09
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No solicitará o usará influencias para la obtención de trabajos profesionales. |
10
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No actuará en forma alguna que tienda a menoscabar el honor, la dignidad y la integridad de la profesión. |